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¿Qué es la lista Robinson?

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Sobre fondo verde oscuro con textura tejida, en blanco el icono de llamada y en azul el símbolo de la lista Robinson una erre rodeada por una circunferencia que no llga a cerra. El letras blancas "Lista Robinson".

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Para evitar que nos asalten con estas publicidades se creó la Lista Robinson.

A nadie le gusta que le llamen por teléfono para venderle algo. Y menos a la hora de la siesta. Tampoco nos gusta recibir publicidad no solicitada por correo o correo electrónico. Y sin embargo casi todos sufrimos este tipo de intento de venta.

Para evitar que nos “asalten” con estas publicidades se creó la Lista Robinson. Esta lista es un servicio gratuito de exclusión publicitaria, a disposición de los consumidores, que tiene como objetivo disminuir la publicidad que éstos reciben. El Servicio de Lista Robinson se enmarca en el ámbito de la publicidad personalizada, es decir, aquella publicidad que recibe un usuario direccionada a su nombre.

El principal objetivo de este servicio es evitar publicidad de empresas de las que no seas cliente o a las que no hayas facilitado tu consentimiento. Tal y como describe la Agencia Española de Protección de Datos (AEDP), las empresas deben hacer uso de esta lista.

Consulta obligatoria de la lista Robison

Es obligatorio que las empresas consulten la lista Robinson. Si una entidad o una empresa desea enviar publicidad personalizada y el usuario no ha dado su consentimiento expreso para ello, tiene la obligación legal de consultar la Lista Robinson y, si dicha persona está inscrita en ella, la empresa no podrá hacer el envío publicitario.

Un vez que el usuario se ha suscrito a esta lista, pueden pasar hasta tres meses para que la Lista Robinson empiece a hacer efecto. 

Llamadas telefónicas

Las comunicaciones comerciales a través de llamadas telefónicas, correo electrónico, SMS o equivalentes, se rigen por una ley diferente: Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones y la Ley 34/2002 de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico.

Aunque muchas personas piensan que no son del todo legales, realmente es un tipo de comunicación que se puede hacer, pero tiene que cumplir unos requisitos muy específicos. El primero y quizá más importante es el horario de dichas llamadas: Solo podrán realizarse entre las 9 de la mañana y las 21 de la noche y, además nos se puede llamar en fin de semana.

Al comienzo de la llamada la empresa está obligada a informar al consumidor sobre la identidad del vendedor la finalidad comercial, las características esenciales del producto o servicio, el precio, y, sobre todo, sobre el derecho del usuario a no querer recibir esta comunicación.

En el caso de que el consumidor se niegue a recibir comunicaciones, la empresa que realice la oferta publicitaria deberá conservar durante un año los datos relativos a los usuarios que se hayan opuesto al tratamiento de sus datos, junto con el número de justificante facilitado.

  1. noviembre 16, 2022

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